Niegan recursos al Hospital de San Carlos

  • June 29, 2007 07:06

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Propuesta de Casaretto y David Fernández rechazada por el oficialismo
FRENTE AMPLIO VOTÓ EN CONTRA DE RECURSOS PARA HOSPITAL DE SAN CARLOS

La Cámara de Diputados rechazó en la mañana de hoy una iniciativa para dotar de recursos económicos a la reforma del servicio de emergencia del Hospital Alvariza de San Carlos.

La propuesta alcanzaba a los U$S 300.000 (trescientos mil dólares americanos) y había sido presentada por el Diputado Dr. Federico Casaretto y el Diputado David Fernández (ejerciendo la suplencia de Nelson Rodríguez), y fue firmada además por los legisladores José Carlos Cardoso, Jorge Gandini, Adriana Peña y Carlos González Álvarez.

El texto del aditivo que finalmente fue rechazado establecía lo siguiente:

"De los recursos excedentes que se generen durante el año 2007, según lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley 18.731 del 31 de mayo de 2007 (Fondo Nacional de Salud), se destinará una partida de hasta $ 7.500.000 (pesos uruguayos siete millones quinientos mil) a la Unidad Ejecutora 054 (Hospital de San Carlos) del inciso 12 (Ministerio de Salud Pública), para la reforma del servicio de emergencia de dicho Hospital."

El tratamiento del tema comenzó a la hora 06.19 de la mañana de hoy con una exposición favorable a la iniciativa por parte del Diputado Dr. Federico Casaretto.  Luego fundamentaron en contra de la misma los diputados frenteamplistas Pablo Pérez y Corujo (suplente de Darío Pérez). Luego el Diputado Eduardo Brenta, en representación de los 52 diputados del Frente Amplio, señaló que no podían fijar la prioridad del Hospital Alvariza por encima de la de otros hospitales en el resto del país. Afirmó asimismo que le importan tanto los hospitales de Maldonado, al que se refirió como "el más rico del país", como los hospitales de los departamentos más pobres.

"Les ganaron los embajadores a los vecinos de San Carlos", dijo el Diputado Jorge Gandini señalando que en la misma noche se votaron $ 15.000 (el doble de lo negado al Hospital Alvariza) para sobresueldos en embajadas.

"Saquen de la partida de contratos que tienen tanto Astori como Mujica, de esos contratos que hoy mismo les votaron los diputados del gobierno", dijo el Diputado Federico Casaretto.

También hicieron uso de la palabra los nacionalistas Sergio Botana y Adriana Peña y los frenteamplistas Carlos Maseda y Gustavo Guarino.

A la hora 07.06 se puso a votación la iniciativa, resultando negativa.

Viernes 29 de junio / Informe de Prensa nº 240

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Recordando a Eduardo Victor Haedo

  • June 27, 2007 12:06

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Proyecto de Ley de Casaretto aprobado por ambas cámaras y promulgado por Presidente de la República
DESIGNAN AL LICEO 4 DE MALDONADO CON EL NOMBRE EDUARDO VÍCTOR HAEDO

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 18.145 que designa con el nombre de Eduardo Víctor Haedo al Liceo número 4 de la ciudad de Maldonado. El proyecto había sido presentado por el Diputado Dr. Federico Casaretto y ya contaba con la aprobación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores.

Eduardo Víctor Haedo fue diputado, senador, ministro, Presidente del Consejo Nacional de Gobierno y destacada figura intelectual y política del país. El Liceo 4 de Maldonado está ubicado a pocos metros de La Azotea de Haedo, que fue lugar de residencia, taller de arte, centro de actividades políticas y sitio de su fallecimiento el 15 de noviembre de 1970.

La hija de Haedo, Beatriz Haedo de Llambí, confirmó desde Buenos Aires (en diálogo telefónico con Casaretto) su voluntad de participar en el acto oficial de nominación del liceo con el nombre de su padre.

Proyecto de Ley

El Proyecto de Ley presentado por el Diputado Casaretto, ahora convertido en Ley, es el siguiente:

"PROYECTO DE LEY

Artículo Único

. – Desígnase "Eduardo Víctor Haedo" el Liceo Nº 4 de la ciudad de Maldonado, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).

Montevideo, 15 de marzo de 2005.

FEDERICO CASARETTO, Representante por Maldonado.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Eduardo Víctor Haedo nació en la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano, el 28 de julio de 1901, cursó estudios primarios y secundarios en su ciudad natal, primeramente en la escuela pública, más tarde en el Colegio San Miguel de los padres salesianos, en el liceo de Enseñanza Secundaria y en la Universidad de la República.

Desde los trece años de edad y por largo tiempo ejerció el periodismo en su ciudad natal, colaborando asiduamente en varios de los más importantes diarios locales. En Montevideo, comenzó a escribir en "La Mañana", después en "La Democracia", posteriormente fue relator político y de asuntos internacionales de "El Debate", órgano del Partido Nacional (desde 1931), en el que colaboró permanentemente.

En 1920 interrumpió sus estudios dedicándose al periodismo y a la enseñanza. También desempeñó por aquel entonces cargos administrativos en la Dirección General de Impuestos Directos.

Desde 1925 a 1939 ejerció el profesorado, dictando los cursos de Literatura e Historia Nacional en el Instituto Normal de Señoritas María Stagnero de Munar. De ese tiempo son diversos trabajos de críticas literarias y filosóficas que empezaron a darle nombradía intelectual.

Vinculado extensamente a los deportes integró el Consejo de la Asociación Uruguaya de Fútbol, siendo uno de los más eficaces colaboradores de la construcción del gran estadio y del campeonato del mundo, realizado en 1930 en Montevideo.

En 1931 resultó electo Diputado Nacional por el departamento de Soriano, cargo que ocupó hasta los sucesos políticos del 31 de marzo de 1933, pasando a integrar la Asamblea Deliberante constituida ese año con funciones legislativas. En ese momento fue electo Constituyente por el mismo departamento, integrando el sector nacionalista que respondía a las inspiraciones del doctor Herrera.

En 1925 pronunció una conferencia en la Facultad de Derecho de Buenos Aires sobre Evolución de los Partidos.

En 1935 visitó Paraguay, siendo recibido en la Cámara, donde pronunció un discurso que produjo una gran impresión. En el mismo año integró la Embajada Extraordinaria que representó a Uruguay en la Fiesta del Centenario de la Revolución Farroupilha, que tuvo lugar en Porto Alegre, en cuya Asamblea Legislativa le tocó pronunciar una oración americanista en nombre de las delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay.

En el Parlamento integró las Comisiones de Asuntos Internacionales, de Presupuesto, de Instrucción Pública y de Hacienda.

Publicó "El Partido Nacional frente a la Situación"; "La caída de un régimen" dividido en dos tomos: el primero relacionado con la "Crisis del Partido Nacional" y el segundo con la "Revolución del 31 de marzo"; "Los cursos interamericanos de vacaciones"; "La ley de derechos de autor"; "La creación de la Facultad de Humanidades y Ciencias"; "La defensa de la soberanía"; "El Uruguay y la Ley de Holding", "Las relaciones diplomáticas con España"; "Artigas y San Martín", "El Uruguay y los empréstitos extranjeros"; "Reconocimiento del Gobierno de Bolivia" y "El Río Uruguay".

El 28 de setiembre de 1936, fue designado Ministro de Instrucción Pública y Previsión Social y Ministro Interino de Industrias y Trabajo.

Fue el creador de la "Revista Nacional" de la Facultad de Humanidades y Ciencias, del salón de Bellas Artes, de la Ley de Derechos de Autor, de los cursos de vacaciones, de las escuelas auxiliares, etcétera.

Desde 1938 integró el Senado de la República, siendo reelecto como Senador en cuatro períodos consecutivos hasta 1966.

Viajó por Europa en varias oportunidades, 1938, 1943, 1947 y 1952.

En 1960 encabezó la delegación de Uruguay a la Asamblea de las Naciones Unidas.

Dio conferencias en Londres, Berlín, Madrid, París, Bruselas, Perú, Chile, Bolivia, Paraguay y Brasil.

Fue un experto en Asuntos Internacionales, particularmente en lo referente al continente americano.

Se le consideró el intérprete más autorizado de los ideales políticos del doctor Luis Alberto de Herrera.

Obtuvo el título de "Doctor ad-honoris causa" de la Universidad de San Marco, Lima (Perú). Condecorado con las insignias de las Ordenes: "Cruceiro do Sul", "Gran Cruz de Isabel la Católica" de España; "Gran Oficial al Mérito" de Italia y "Gran Cruz" de Bolivia y de Paraguay.

El 1º de marzo de 1959, ingresó al Consejo Nacional de Gobierno, en su carácter de tercer titular de la lista triunfante en los comicios realizados el 30 de noviembre de 1958.

Falleció el 15 de noviembre de 1970 debido a un ataque cardíaco, ocurrido en Punta del Este.

Encontrándose el Liceo Nº 4 de la ciudad de Maldonado, ubicado a pocos metros de "La Azotea de Haedo", lugar de residencia, taller de arte, centro de importantes acontecimientos políticos y sitio de su fallecimiento, consideramos oportuno que dicho centro de estudio lleve su nombre."


Miércoles 27 de junio de 2007 / Informe de Prensa nº 239

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Primero Satenil y ahora casetas de guardavidas

  • June 27, 2007 11:06

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Junta Departamental de Maldonado comprueba graves irregularidades en construcción de casetas de guardavidas
SOLICITAN INMEDIATA REMOCIÓN DEL CARGO DE DIRECTORA GENERAL DE HIGIENE DE LA INTENDENCIA

La Junta Departamental de Maldonado resolvió solicitar al Intendente Oscar de los Santos la inmediata remoción del cargo de la Directora General de Higiene del Municipio al comprobar graves irregularidades en la construcción de casetas de guardavidas. Al mismo tiempo el legislativo departamental resolvió impulsar una auditoría externa de la gestión del Municipio de Maldonado.

Estas decisiones fueron adoptadas en la sesión ordinaria de ayer martes 26 de junio, la cual se extendió hasta las siete de la mañana de hoy, y contaron con una amplia mayoría de dos tercios del total de votos (20 en 30 ediles presentes).

Según la Junta Departamental, la Directora municipal de Higiene Ambiental Dra. Mary Araújo "ha violentado flagrantemente" diversas disposiciones legales y constitucionales, "ha demostrado una notoria incapacidad de gestión", ha actuado de un modo "inconveniente para los intereses de la comunidad" y ha generado "un grave perjuicio económico" a la Intendencia.

La Junta Departamental estableció que las casetas de guardavidas en las playas de Maldonado pudieron haberse construído gratuitamente a cambio de publicidad, y sin embargo costaron casi un cuarto de millón de dólares, se adjudicaron de modo directo e ilegal y no estuvieron en las playas en la temporada de verano.

El tema había sido denunciado por el Partido Nacional, a cuya solicitud se creó una Comisión Investigadora que comenzó sus actuaciones con fecha 11 de julio de 2006. Luego de once meses de trabajo, la investigación culminó en las resoluciones adoptadas en la mañana de hoy.

Informe de la Junta Departamental

El texto completo del informe aprobado por dos tercios de la Junta Departamental es el siguiente:

El presente es un informe elaborado en base a las resultancias obtenidas del trabajo realizado en la Comisión Investigadora que se constituyera el día 12 de julio de 2006 a efectos de analizar los procedimientos empleados por parte del Ejecutivo Municipal en la Adquisición y Compra de Casetas de Guardavidas que debieron estar instaladas en el comienzo de la temporada 2005-2006.

1.- De la comparecencia de los involucrados cuyo testimonio fuere solicitado por la Comisión.

  • Sra. Elsa Mussio (Directora de la División Adquisiciones y Almacenes)

Su presencia, considerada fundamental, fue requerida por la Comisión Investigadora habiendo sido expresamente denegada por el Sr. Enrique Pérez Morad, en ocasión de cumplir funciones como Intendente Interino.

  • Cra. Gabriela Quintero y Arqs. Gabriel Maggiolo y Angel Silvera

El Ejecutivo aceptó que los funcionarios municipales concurrieran a la Comisión si y solo si eran acompañados por los respectivos Directores de las áreas a las que pertenecen (Ec. Mauro Mendiburu y Arq. Julio Riella) lo cual obviamente no hace más que confirmar una asombrosa presión indebida, inexcusable e inexplicable hacia el personal subalterno por parte de sus superiores jerárquicos a la hora de admitirles prestar declaración en forma independiente ante la Comisión Investigadora que entre otras cosas tenía la obligación de analizar la actuación de los funcionarios involucrados, incluyendo a los propios Directores Generales. La mencionada decisión fue tomada nuevamente por el Secretario General de la IMM, Sr. Enrique Pérez Morad, en su carácter de Intendente Departamental Interino y cónyuge de la Sra. Directora de Higiene.

  • Proveedores y subcontratistas

Fueron a su vez requeridos los testimonios de proveedores y subcontratistas, los que fueron recibidos por la Comisión.

2.- De la documentación requerida y analizada

  • 2.1.- Hechos probados.

A) Primer proceso licitatorio realizado.

Existió un proceso licitatorio que constó de dos llamados: el primero de ellos se realizó el día 17 de agosto de 2005, habiendo sido abierta la única oferta presentada el día 10 de septiembre de 2005: la misma fue de $U 2.500.000 (U$S 104.167) incluyendo dos años de publicidad que en las propias casetas explotaría el oferente.

Dicha oferta fue desechada por no ajustarse a lo requerido en el pliego de condiciones.

B) Segundo proceso licitatorio realizado.

El segundo proceso licitatorio recibió dos ofertas:

– La primera de ellas por $U 4.450.000 por la construcción de ochenta casetas de guardavidas. De dicho monto se hubiesen podido amortizar $U 1.200.000 en caso de venderse la publicidad. Deducidos los $U 1.200.000 lo que debería haberse abonado sería un monto de U$S 130.000 aproximadamente.

– La segunda oferta presentada suponía el reciclaje de las casetas ya existentes y la fabricación de treinta nuevas casetas sin costo, a cambio de la explotación de publicidad explotación de publicidad, (según versión taquigráfica de 30 de agosto de 2006, pág. 4).

Sin embargo, nuevamente son rechazadas las ofertas recibidas por no ajustarse a lo determinado en el pliego de condiciones en lo que refería al costo total de la construcción, colocación, desarme y depósito de hasta 80 casetas para guardavidas de playa, lo cual debía ser cubierto en su totalidad por sponsorización.

  • 3.- Primer desconocimiento grave y contravención a la normativa vigente

Cabe aquí destacar, que ambos procedimientos licitatorios se realizaron en clara

violación a las disposiciones del TOCAF, por cuanto superaron ampliamente los

montos máximos admitidos para un llamado a licitación abreviada. En efecto, así lo

entiende el propio Director General de Hacienda al manifestar en el ámbito de la

Comisión Investigadora: “…Si, tendría que haber sido una pública originalmente”.

La pregunta cuya respuesta aún no hemos obtenido es: si debió haberse hecho, por

qué no se hizo?

  • 4.- La contratación directa.

4.1.- La Comisión de Adjudicaciones decide desechar las ofertas y sugiere al Director General de Hacienda declarar desierta la Licitación Abreviada y a su vez proceder según lo dispuesto por el art. 33 literal I) del TOCAF: “Cuando medien probadas razones de urgencia, no previsibles, o no sea posible la licitación o remate público, o su realización resienta seriamente el servicio”.

4.2.- Esto es una excepción al principio general que determina que toda contratación celebrada por el Estado deberá ser previa licitación pública. El carácter excepcional de la disposición radica en la necesaria transparencia que debe materializarse en todas y cada una de las contrataciones que celebra, en este caso el Sr. Intendente como parte integrante del Gobierno Departamental.

4.3.- Pretender apartarse del principio general mencionado supra, supone la existencia de hechos que deberán ser probados y fundamentados, así como la certificación del Tribunal de Cuentas, extremos todos ellos que no se verificaron en el caso.

4.4.- En efecto. Deben mediar razones de urgencia no previsibles. Sin embargo la Administración en el mes de agosto ya preveía la construcción de las casetas, lo cual determinó que se realizara el primer llamado a licitación que mencionamos.

4.5.- Por otra parte y en lo que respecta a la imposibilidad de llamar a licitación: queda claro que fue posible llamar a licitación. De hecho: hubo licitaciones que por su imposibilidad de ser cumplidas determinaron su inadmisibilidad. Hubo, inclusive, intenciones de flexibilizar lo solicitado en el pliego a efectos que el negocio fuera económicamente rentable.

4.6.- Por último la citada norma expresa: “…o su realización resienta seriamente el servicio”. Aquí deberíamos tener en cuenta que los primeros guardavidas comenzaron a prestar funciones en las playas el día 8 de diciembre de 2005. Sin embargo las primeras 31 casetas fueron instaladas entre el 24 de enero al 8 de febrero de 2006. Respecto a las últimas 23 o 27 (desconoce la Directora de Higiene cuantas eran exactamente), se habría negociado para hacer efectiva su entrega alrededor del 1º de septiembre. No obstante ello, al 24 de octubre de 2006 aún no habían sido entregadas.

4.7.- Evidentemente o no se comprende la acepción del término URGENCIA, o sencillamente se buscó un mecanismo (que bien podría haber sido otro cualquiera) que habilitara a la Directora de Higiene a COMPRAR DIRECTAMENTE.

4.8.- En el peor de los casos y frente a la intención condenable pero manifiesta de comprar directamente, hubiese sido menos malo aplicar lo dispuesto por el numeral b) del propio art. 33 del TOCAF, en cuanto expresa: “Cuando la licitación pública abreviada o remate resultaren desiertos, o no se presentaren ofertas válidas o admisibles o que las mismas sean manifiestamente inconvenientes la contratación deberá hacerse con bases y especificaciones idénticas a las del procedimiento fracasado, y en su caso, con invitación a los oferentes originales además de los que estime necesario la Administración.”

Del espíritu del literal referido surge claramente la intención de asegurar la aplicación del principio de igualdad aplicado a los oferentes, que no es otra cosa que la voluntad de evitar que se beneficie o una o más empresas por parte del Gobierno Departamental en éste caso. A tales efectos se establece que deberán otorgarse las mismas bases y especificaciones a los oferentes que participaron del proceso licitatorio, así como a aquellos que realicen ofertas al presentarse al nuevo llamado.

4.9.- Sin embargo, la decisión de aplicar el literal i), varía sustancialmente las

condiciones mediante las cuales se llamó a oferentes en las dos oportunidades precitadas (licitaciones abreviadas), modificándose radicalmente el criterio por el cual se pretendía la construcción de las casetas sin que implicare desembolso alguno para la IMM, tal lo que surge de los dichos de la Sra. Mary Araújo, en versión taquigráfica de la Comisión Investigadora de fecha 30 de agosto de 2006.

4.10.-En resumidas cuentas, se rechazan las ofertas obtenidas en los procesos

licitatorios por entenderse que no se ajustan a los pliegos de condiciones, arribándose a la infeliz conclusión de la necesidad de contratación directa para luego borrar de un plumazo todo aquello que con tanto celo se exigía en los pliegos de las licitaciones abreviadas referidas. Las ofertas reseñadas, terminaron siendo, como era previsible y a la luz de los hechos, las menos perjudiciales para la Administración.

4.11.- En efecto, en el comunicado de prensa se dijo escuetamente que el Municipio de Maldonado llamaba a carpinterías, barracas y empresas especializadas en trabajos con madera tratada y que los interesados debían cotizar construcción y colocación de casetas de guardavidas, pudiendo ser retirada la memoria descriptiva del modelo de construcción de las mismas.

5.- El principio de igualdad de los oferentes deliberadamente violentado.

5.1.- De lo expuesto supra surge que no solamente no se respetó dicho principio, sino que el mismo fue claramente violentado. Si fue torpeza, es, por lo menos lamentable que los gobernantes manejen con tal liviandad conceptos tan caros a una administración transparente. O es acaso, tan difícil comprender que al violentar el principio mencionado podría estarse favoreciendo a ciertos oferentes en detrimento de otros?

5.2.- Parece sencillo. Sin embargo, o no se comprende o se tiene la voluntad de desconocerlo. Así es: en principio se requieren condiciones sumamente exigentes, para luego realizar una compra directa sin la menor exigencia. Veamos: no se piden antecedentes a las empresas, no se les solicitan garantías, no se exige la entrega en tiempo y forma.

5.3.- Frente al llamado realizado mediante el comunicado de prensa mencionado, se presentan siete empresas de las cuales resultan seleccionadas dos de ellas: Sandra Muñoz y Javier Valiero. Ambas conformadas por supuestos obreros desocupados, sin trabajo estable. Sin embargo, ello no fue corroborado por la Sra. Directora de Higiene y Protección Ambiental.

5.4.- El día 17 de noviembre por Resolución del Sr. Intendente se decide contratar a la Sra. Sandra Muñoz y al Sr. Javier Valiero. Consideramos de una extrema gravedad el no haber tenido inicialmente en cuenta la necesidad de exigir garantías. Es decir, que a empresas cuyos antecedentes se desconocen, que no han sido llamadas tal como corresponde por la Dirección de Hacienda sino por la Directora General de Higiene y Protección Ambiental en claro desconocimiento del límite de sus competencias e invasión de las propias de la Dirección de Hacienda, a las que no se les exigen garantía de fiel cumplimiento del contrato se les pretendía entregar nada más y nada menos que la suma de aproximadamente U$S 85.000. De no haber mediado la acción de la Asesoría Notarial, esta irresponsable y torpe decisión hubiese materializado el lamentable manejo de los dineros públicos en una actitud acerca de la cual conviene preguntarse: La Directora General de Hacienda y Protección Ambiental procedería con su propio dinero de la misma forma? Entregaría U$S 85.000 a alguien que no conoce sin la menor garantía? Sin celebrar contrato alguno que le diera la posibilidad de reclamar si ese otro incumpliera? Seguramente con sus dineros sea la Directora mucho más cuidadosa. No ha comprendido entonces, cuan responsable debe serse con el dinero de la comunidad toda.

5.5.- En síntesis: se ha violado claramente el mencionado principio de igualdad, requiriéndose de ciertos oferentes condiciones sumamente exigentes, para luego pasar a la las antípodas y llegar al ridículo de pretender entregar U$S 85.000 sin la más mínima garantía.

6.- Los procedimientos utilizados y las empresas contratadas.-

6.1.- De acuerdo a lo expuesto supra, el Sr. Intendente y el Sr. Secretario General, resuelven contratar a las empresas mencionadas. En que condiciones se celebra dicha contratación? He aquí otra de las varias llamativas sorpresas a que nos somete la historia del expediente: se celebra un contrato VERBAL, cuyos términos se desconocen. La Administración debió, por lo menos, tener la mínima diligencia para celebrar un contrato que entre otras cosas hubiese determinado la posibilidad de intimar el cumplimiento en tiempo y forma para hacer efectiva la entrega de las casetas.

6.2.- Ese recaudo mínimo no se tuvo y su consecuencia fue nefasta: no hubo casetas hasta el 24 de enero y al promediar febrero, solo 31 de las 80 que debió haber, estaban colocadas.

6.3.- Frente a la solicitud de garantías, ambas empresas manifiestan su imposibilidad de cumplimiento. No obstante ello, a nadie se le ocurrió siquiera pensar que este era por lo menos un mal antecedente. Así es: quien pretende cumplir difícilmente niegue garantizar ese cumplimiento.

6.4.- En virtud de la decisión de Valiero de no asumir el compromiso de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, desiste de la contratación. En que respecta a Sandra Muñoz, no queda claro el motivo por el cual desaparece paulatinamente de las negociaciones, comenzando a cobrar protagonismo los Sres. Julio y José Luis Sosa.

6.5.- El desistimiento de Javier Valiero motiva la contratación directa del Sr. Gerardo Esponda. Es un misterio sin develar quien contrató a Esponda (Budycar S.A.): La Sra. Mary Araújo manifiesta en versión taquigráfica de 30 de agosto de 2007, que ella no contrató a Esponda, “…creo que se presentaron solos”. El Sr. Esponda, sin embargo, en versión taquigráfica del 23 de noviembre de 2006, página 7, al ser consultado respecto a quién lo contrato responde: “Mary Araújo” y manifiesta haber enviado el precio por escrito a solicitud de la mencionada Directora.

6.6.- Es importante recalcar que la empresa Budycar S.A., hasta ese momento no había expresado su interés de presentarse al llamado a licitación abreviada ni al llamado realizado mediante comunicado de prensa para la contratación directa.

6.7.- De la negociación inicial con Sandra Muñoz surge que el costo de cada unidad era de U$S 2090 (en un total de sesenta casetas), mientras que por las veinte restantes para cuya construcción se contrata a Budycar S.A., se paga finalmente la suma de U$S 3000 aproximadamente. Es decir entonces que: lo que se abona a Sandra Muñoz en concepto de mano de obra es un monto aproximado a los U$S 790 iva inc., pagándose llamativamente a Aserradero Cerro Pelado por el mismo concepto la suma de U$S 1410 (sin impuestos incluidos), doblando claramente lo ofrecido por la otra adjudicataria.

6.8.- Si bien no se entrega dinero en efectivo, tal como pretendió la Directora de Higiene y Protección Ambiental, ella misma realiza compras indiscriminadamente, sin previa orden de compra, a efectos de entregar los materiales a los carpinteros contratados. Además permite, sin el menor contralor que dichos carpinteros concurran a las diferentes barracas a comprar insumos cuyas cantidades, precios, etc, no son debidamente corroborados ni controlados.

6.9.- El monto máximo habilitado para la compra directa en ese momento, de acuerdo a los dichos del Director General de Hacienda (versión taquigráfica de 13 de septiembre de 2006) era de $U 86.000. Véase que solamente a Aserradero Cerro Pelado se le abonó la suma de $U 900.000. Ello fue oportunamente observado por la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas, tanto en lo que refiere a la competencia de la Sra. Directora, como a los montos por los que compra.

CONCLUSIONES

  • De la legalidad de los procedimientos utilizados.

  • Surge de lo expuesto que la Directora General de Higiene y Protección Ambiental ha violentado flagrantemente:

1.- Las disposiciones previstas en el TOCAF en lo que respecta a:

– Los montos máximos establecidos para el proceso de licitación abreviada, debiéndose haber realizado un llamado a licitación pública.

– La posibilidad de contratación directa prevista por el art. 33 literal I). No existieron las razones de urgencia no previsibles que el mencionado literal requiere a efectos de admitirla.

– Tampoco se cumplió con el extremo requerido en dicho artículo respecto a la necesaria certificación de la causal de urgencia no previsible que debe realizar el TCR.

2.- Las disposiciones constitucionales y demás normativa vigente que consagran el principio de igualdad como principio rector de la contratación del Estado.

3.- La resolución del propio Intendente Departamental que determina las competencias y atribuciones de cada Dirección General, habiendo excedido la Sra. Mary Araújo el límite de las suyas, avasallando sin más las propias de la Dirección de Hacienda.

  • De la incapacidad de gestión

  • El accionar de la Sra. Directora de Higiene y Protección Ambiental, no

solamente fue ilegal, sino que fue inconveniente para los intereses de la comunidad por cuanto:

1.- Generó un grave perjuicio económico en tanto se desechó la oportunidad de

tener las casetas de guardavidas en forma gratuita, sin costo alguno para la

comunidad de nuestro departamento, generándose por la vía de los caminos ilegales

supra mencionados, una erogación aproximada a un cuarto millón de dólares.

2.- Pero tal fue la inoperancia registrada que aún pagando precios exorbitantes, las casetas de guardavidas no estuvieron listas para cumplir su función en temporada estival, poniéndose en riesgo “la seguridad y control de las playas que tiene como valor primario la vida humana”, tales los argumentos manifestados por la Comisión Asesora de Adjudicaciones al pretender esgrimir motivos que fundamentaran las inexistentes razones de urgencia no previsible.

3.- Es notoria la inexistencia de todo control tanto sobre el armado como sobre la calidad de las casetas que inciden en la durabilidad de las mismas.

4.- En los hechos el supuesto intento por favorecer a los trabajadores organizados concluyó en un contrato directo con empresarios largamente beneficiados por similares y nefastas políticas de administraciones anteriores, notorios desconocedores ellos de los derechos de los trabajadores.

5.- La Directora de Higiene y Protección Ambiental actúa con notoria falta de diligencia, exponiendo a la Administración a un eventual litigio por parte de la empresa que explota la publicidad en las casetas, lo cual no se ha verificado en virtud de la buena voluntad de la empresa.

En síntesis: Se violentan las normas vigentes, arribándose a un pésimo negocio para la comunidad: por lo que pudo obtenerse en forma gratuita se paga un cuarto millón de dólares. Y por si eso fuera poco: no se cumple con el servicio. Las costosas casetas no están en las playas en temporada estival.

De lo expuesto surge en forma incuestionable que la Directora General de Higiene y Protección Ambiental, Sra. Mary Araújo ha demostrado una notoria incapacidad de gestión al frente de su Dirección por lo que al Sr. Intendente solicitamos:

  • La inmediata remoción del cargo de la Sra. Directora General de Higiene y Protección Ambiental.-

  • La realización de una inmediata Auditoría Externa de Gestión, debiendo designarse Auditor responsable en acto complejo de gobierno.

Contacto: Edil Guillermo Moroy (099 281739)

Miércoles 27 de junio de 2007 / Informe de Prensa nº 238

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El Diputado anda volando

  • June 24, 2007 07:06

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Diputado Casaretto vuelve al país este domingo al mediodía

El Diputado Dr. Federico Casaretto arriba al Aeropuerto Internacional de Carrasco hoy domingo 24 de junio a la hora 12.05. Ayer sábado 23 partió de Indianápolis a las 17.10 hora uruguaya, volando rumbo al Aeropuerto Internacional de Dallas para desde allí seguir viaje hacia Buenos Aires y luego Uruguay.

El legislador uruguayo había sido invitado por el Departamento de Estado de los EEUU a participar del Programa Transparencia y Eficiencia en el Gobierno Municipal. Casaretto viajó a EEUU el pasado 9 de junio y desarrolló una intensa agenda en Washington DC, Charlotte (Carolina del Norte) e Indianápolis (Indiana).


Domingo 24 de junio de 2007 / Informe de Prensa nº 237

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Novedad: Policia de Indianapolis dispuesta a colaborar con Policia de Maldonado

  • June 23, 2007 07:06


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Diputado Casaretto planteará propuesta a Ministra del Interior y nuevo Jefe de Policía de Maldonado
POSIBLE PROGRAMA DE COOPERACIÓN POLICIAL DE INDIANÁPOLIS CON MALDONADO

El Diputado Dr. Federico Casaretto vuelve al país con un logro concreto para el Departamento de Maldonado. Se trata de un Programa de Colaboración de la Policía de Indianápolis con su similar de Maldonado. Mediante dicho programa podrían venir durante algún tiempo oficiales policiales norteamericanos a nuestro país, mientras que oficiales de Maldonado podrían viajar a especializarse en Indianápolis.

La propuesta surgió del encuentro entre el legislador uruguayo y el Jefe de Policía de Indianápolis Michael Spears. Casaretto planteará la idea a la Ministra del Interior de Uruguay Daisy Tournée y luego al designado Jefe de Policía de Maldonado Insp. Mayor (R) Eduardo Martínez.

Finalizando la gira

La última jornada de trabajo del Diputado Casaretto en los EEUU fue ayer viernes 22 de junio.

Durante la mañana se realizó una evaluación del desarrollo del Programa Transparencia y Eficiencia en el Gobierno Municipal. La tarea fue coordinada por Marta Etienne, jerarca del Bureau de Asuntos Educativos y Culturales del Departamento de Estado norteamericano.

Por la tarde Casaretto presenció en vivo y en estudios el programa televisivo Indiana Week in Review, conducido por Jim Shella, donde debatieron una representante del Partido Demócrata y una figura del Partido Republicano. El programa ha estado nominado para los premios Emmy, mientras que el periodista Jim Shella ha recibido premios del Club de la Prensa de Indianápolis, de Associated Press y de la agencia UPI, entre otras entidades.


Nota: se adjunta fotografía del Jefe de Policía de Indianápolis Michael Spears

Sábado 23 de junio de 2007 / Informe de Prensa nº 236

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